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STPS recomienda no contratar asesores y gestores de la NOM 035

MIT SMR México 23 Oct 2019
STPS recomienda no contratar asesores y gestores de la NOM 035

Las autoridades no han autorizado certificadores y verificadores de la NOM 035; sugieren que cada empresa defina por sí sola su programa.


La Secretaría de Trabajo y Previsión Social no ha aprobado ninguna Unidad de Verificación para el cumplimiento de la NOM 035. Por ello, las autoridades hicieron un llamado a los centros de trabajo a no dejarse engañar por las empresas que ofrecen servicios y certificación que garantizan el cumplimiento de la nueva norma.

“Todavía no hay ninguna Unidad (de Verificación) aprobada por la Secretaría del Trabajo para realizar las evaluaciones de conformidad con la norma, de conformidad con la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y mucho menos recomendamos contratar a ningún gestor, a ningún asesor para el cumplimiento de la Norma 035”, dijo Omar Nacib Estefan Fuentes, director general de Previsión Social de la STPS, en conferencia de prensa.

Las unidades de verificación son organismos aprobados por la STPS para realizar la evaluación de conformidad con la norma y emitir un dictamen de cumplimiento, el cual es reconocido por la autoridad laboral.

“La evaluación de conformidad es un paso anterior a la inspección federal del trabajo en el cual, cuando llega la inspección, un centro de trabajo puede exhibir un documento que le emiten estas unidades de verificación. De alguna manera lo agiliza”, explicó Estefan Fuentes en entrevista con el Economista.

El director general de Previsión Social aclaró que esta evaluación de conformidad tiene un costo y, por tanto, no es una obligación de las empresas, sino un proceso voluntario.

“No es obligatorio para ningún centro de trabajo contratar ninguna unidad de verificación, por supuesto, ninguna consultora. Ni aun en el caso de las unidades de verificación que están aprobadas por la Secretaría del Trabajo y la EMA, hay una obligación de los centros de trabajo para contratarlas, es voluntaria”, enfatizó Omar Estefan.

Para constituirse como Unidad de Verificación, las empresas tienen que reunir una serie de requisitos, previos a la aprobación de la STPS, entre ellos la certificación emitida Entidad Mexicana de Acreditación (EMA).

Hasta el momento, la Secretaría del Trabajo sólo ha recibido una solicitud de aprobación para unidad de verificación. Sin embargo, las autoridades laborales no han dado el aval.

“Hay más organizaciones que están por fuera sin intentar formar un organismo de verificación, como asesores, que las propias peticiones de formar esta entidad. Hacerlo no es por la libre, sino tiene que reunir ciertos requisitos que les permitan ser un organismo de verificación “, comentó Cointa Lagunes Cruz, directora general de Seguridad y Salud en el Trabajo.

La NOM 035, detalló Estefan Fuentes, tiene los elementos suficientes para que las empresas puedan cumplir por sí solas con las obligaciones que establece. “Todo está ahí para que los centros de trabajo puedan implementarlo y cumplir de manera muy sencilla con la obligación”.

Inspecciones, con calma

En un tono amigable, las autoridades laborales puntualizaron que la intención de la Secretaría del Trabajo no es usar las inspecciones con una intención punitivo. Por el contrario, el interés está enfocado en que la NOM 035 se aplique bien.

“Los centros de trabajo, de conformidad con el marco jurídico que regula la inspección federal de trabajo, tienen hasta cinco oportunidades en inspección federal de trabajo para cumplir con la normatividad, antes de que se les imponga multa. No es el interés de la Secretaría del Trabajo fiscalizar por fiscalizar y tener una visión excesivamente punitiva en cuanto al cumplimiento de las normas.

“Lo que buscamos en la Secretaría del Trabajo es apoyar a las empresas para que cumplan con la norma, por encima de establecer multas a diestra y siniestra”, destacó Omar Estefan.

Por otra parte, el director general de Previsión Social enfatizó que la inspección federal del trabajo sí es el brazo fiscalizador de la STPS para garantizar el cumplimiento de las normas, pero las autoridades laborales no tienen una visión de ministerio público.

Además, agregó, la única autoridad facultada para vigilar el cumplimiento de la NOM 035 es la STPS a través de las inspecciones federales, por lo tanto, las entidades federativas no pueden asumir este rol.

Omar Estefan reconoció que la STPS no tiene la capacidad para inspeccionar a todas las unidades económicas. Por ello, una de las apuestas de las autoridades laborales es la capacitación y sensibilización en la NOM 035.

En ese sentido, los funcionarios federales anunciaron que la primera semana de noviembre estará disponible un curso gratuito a través del Programa de Capacitación a Distancia para Trabajadores (Procadist), una plataforma de la STPS.

“Un pequeño curso sobre la norma 035 para que, personal de las empresas pueda tener una mejor comprensión de cuáles son las obligaciones que se derivan de la Norma 035, de cómo cumplir y cómo no cumplir, también. En fin, una idea general de la NOM 035”, detalló Estefan.

¿Qué es la NOM 035?

La NOM 035 es una norma de Seguridad y Salud en el Trabajo, de cumplimiento obligatorio para todos los centros de trabajo del país, tanto empresas como gobierno federal.

Su objetivo principal es la creación de entornos organizacionales favorables para los trabajadores, a través de la identificación y prevención de los factores de riesgo psicosocial en el trabajo. Es decir, aquellos elementos que provocan un daño a la salud mental y desencadenan en trastornos como el estrés, ansiedad, insomnio o depresión, entre otros.

Es importante aclarar que la NOM 035 no obliga a los centros de trabajo a curar el estrés de los trabajadores, su enfoque es preventivo. Por otra parte, la norma tampoco impone las acciones que deben poner en marcha los centros de trabajo; por el contrario, da libertad de que cada unidad económica decida qué acciones implementa para gestionar los factores de riesgo psicosocial.

La NOM 035 tiene una entrada en vigor gradual, a partir de este 23 de octubre sólo son obligatorias las medidas preventivas. Para el siguiente año (23 de octubre de 2020) se deberán comenzar a aplicar los puntos relacionados con las evaluaciones previstas por la norma.

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