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Ahora va la NOM 036, nuevas obligaciones de salud laboral en puerta

MIT SMR México 02 Dic 2019
Ahora va la NOM 036, nuevas obligaciones de salud laboral en puerta

Los trastornos musculoesqueléticos son la primera causa de enfermedades de los trabajadores mexicanos, con un crecimiento anual de 14 por ciento.


Las lesiones musculares y fracturas se han convertido en las principales enfermedades de trabajo en México y en la última década se han duplicado los casos reportados, llegando a 6,432 casos en el 2018. Por esta razón, a partir del 2 de enero las empresas tendrán que implementar medidas para prevenir este tipo de incidentes.

Con el arranque del 2020 entrará en vigor la NOM-036, una nueva norma de seguridad y salud en el trabajo que tiene como objetivo prevenir los factores de riesgo ergonómicos. Es decir, un sobreesfuerzo físico, movimientos repetitivos o posturas forzadas durante la jornada laboral.

El marco normativo será obligatorio para más de 14,100 centros de trabajo. De acuerdo con la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) el cumplimiento de la NOM-036 implicará al final del día un ahorro para el sector privado de 9,800 millones pesos anuales, debido a la reducción de este tipo de lesiones y las incapacidades que implican.

“Rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo donde existan trabajadores cuya actividad implique realizar manejo manual de cargas de forma cotidiana (más de una vez al día)”, indica la norma.

Según la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) derivado de la modificación en los procesos productivos, maquinaria, logística y empaquetado de las unidades de carga, se estima que, al sector cementero, de transporte, a la industria molinera de trigo y azucarera la implementación de la NOM-036 les implicará una inversión de hasta 9,243 millones de pesos.

En tanto, cumplir con las nuevas medidas que deberán adoptar las empresas le costará alrededor de 23,916 pesos a cada centro de trabajo. Sin embargo, en caso de tener que reajustar los procesos productivos, maquinaria, logística o empaquetado de las unidades de carga, los costos podrían incrementar en 65,000 pesos más.

“Las acciones de prevención y análisis dispuestas en la norma permitirán disminuir la alta incidencia de enfermedades relacionadas con el manejo manual de carga”, indica la STPS en el dictamen preliminar presentado en la Conamer.

Un objetivo que tiene sentido por el incremento de trastornos musculoesqueléticos, los cuales aumentaron 14% en un año y representan 42% de las enfermedades de trabajo.

Las autoridades laborales han aclarado que la NOM-036 no establece requerimientos específicos de edad para la contratación del personal, sólo fija la masa máxima que puede levantar o bajar un trabajador con base en su edad y género.

La STPS insistió en que la nueva regulación no determina que cuando un trabajador cumpla más de 45 años ya no pueda realizar el manejo manual de cargas hasta el límite máximo permitido; por el contrario, impone la obligación al patrón de vigilar de manera especial la salud de este colaborador para que continúe prestando sus servicios a la empresa.

Medidas de prevención

La NOM-036 considera algunas medidas preventivas y de control que puedan implementar las empresas, el primer paso es que el manejo manual de carga se realice por trabajadores que cuenten con la aptitud física avalada por un médico o a través de una institución de seguridad social.

Para desarrollar las actividades de carga, los centros de trabajo deben contar con un procedimiento que contemple la descripción de la técnica adecuada para realizar las tareas de forma segura; las medidas de seguridad y control que se aplicarán durante el desarrollo del trabajo; las características de la carga como dimensiones, forma o peso; las condiciones del ambiente que pueden incrementar el esfuerzo del trabajo; la trayectoria para el traslado de la carga, y la especificación de los materiales que se manejan.

Pero también hay medidas generales, entre las que se destacan los ejercicios de calentamiento antes de iniciar las actividades; áreas de tránsito libres de obstáculos; mantener en orden y limpio el lugar o establecer periodos de descanso, entre otras recomendaciones.

Para cumplir con la NOM 036 los centros de trabajo deberán implementar nuevas reglas, entre las que se encuentran:

  1. Realizar un análisis de los factores de riesgo ergonómicos
  2. Adoptar medidas de prevención y control para reducir o eliminar los factores de riesgo ergonómico
  3. Vigilar la salud de los trabajadores expuestos (aplicación de exámenes médicos)
  4. Informar a los trabajadores sobre las posibles alteraciones a la salud por el manejo manual de cargas
  5. Capacitar y adiestrar al personal expuesto en los procedimientos de seguridad y prácticas de trabajo seguro
  6. Registrar las medidas preventivas adoptadas y los exámenes aplicados.

Carga para el Estado

Los trastornos musculoesqueléticos no sólo representan un problema para las empresas, también para el Estado, pues el gobierno tiene que destinar más recursos para atender estas lesiones, opina Marco Rojas, experto en la práctica laboral y de compliance de Baker McKenzie.

“Cada día es más frecuente que los trabajadores acudan al Seguro Social para señalar que por motivo de las actividades constantes y periódicas desarrolladas sufren algún deterioro en sus capacidades físicas y eso genera mayor carga para el gobierno”, expone.

Además, advierte el especialista, el 2 de enero no debe interpretarse como la fecha para empezar a cumplir la NOM-036, sino el día en el que el nuevo marco normativo puede comenzar a ser inspeccionado por las autoridades.

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