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Modalidad 40 del IMSS, requisitos para acceder al Seguro Social de forma voluntaria

MIT SMR México 04 Sep 2023
Modalidad 40 del IMSS, requisitos para acceder al Seguro Social de forma voluntaria A través de este beneficio algunas personas pueden acceder a los beneficios de contrar con la cobertura del Seguro Social. (Czuber / Depositphotos)

Con la Modalidad 40 los trabajadores que comenzaron a cotizar antes del 1997 pueden contribuir de forma voluntaria al sistema de seguridad social.


La Modalidad 40 en México se refiere a un programa de seguridad social ofrecido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para permitir que los trabajadores que ya no están empleados puedan continuar contribuyendo al sistema de seguridad social.

El instrumento está diseñado para personas que han perdido su empleo o que desean retirarse pero aún desean mantener los beneficios del IMSS tales como atención médica.

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Este beneficio está disponible para aquellas personas que comenzaron a cotizar en la institución antes del 1 de julio de 1997.

La modalidad 40 está avalada bajo el artículo 192 de la Ley del Seguro Social en el que se explica que los colaboradores tendrán en todo tiempo el derecho a realizar aportaciones voluntarias a su cuenta individual.

De acuerdo con Rankmi, plataforma especializada en gestión de capital humano, al inscribirse con un salario superior al que cotizaban, tienen la oportunidad de aumentar su promedio salarial y lograr una mejor pensión.

“Es importante tener en cuenta que la edad de retiro también influye en el cálculo de la pensión, ya que se recibe el 75 por ciento a los 60 años y aumenta un 5 por ciento hasta llegar al 100 por ciento a los 65 años”.

Cuota mensual de la Modalidad 40 del IMSS

El costo de la Modalidad 40 del IMSS aumenta anualmente y este es el porcentaje, de acuerdo con la cantidad de dinero percibida por el ex colaborador, hasta 2030.

¿Cómo inscribirse a la pensión de adultos mayores?

  • 2023 es del 11.16 por ciento
  • 2024 será del 12.256 por ciento
  • 2025 será de 13.347 por ciento
  • 2026 será de 14.438 por ciento
  • 2027 será de 15.528 por ciento
  • 2028 tendrá un costo de 16.619 por ciento
  • 2029 equivaldrá a un 17.709 por ciento
  • 2030 será de 18.8 por ciento

Requisitos para que una persona obtenga este beneficio

Para lograr acceder a la Modalidad 40, los candidatos deberán de cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Tener por lo menos 60 años cuando presenten su solicitud de pensión por Cesantía en Edad Avanzada y 65 años por vejez
  2. Haber cotizado por lo menos 500 semanas ante el IMSS
  3. Dejar de cotizar ante la institución sin haber dejado pasar más de 5 años consecutivos

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De acuerdo con la página web del Gobierno Federal, hoy en día los interesados en ser parte de este programa podrán realizar su trámite vía presencial o también en línea.

En línea

Para comenzar a realizar su trámite deben acceder este link y tienen que seguir estos pasos:

  1. Ingresar al portal IMSS
  2. Buscar trámite de “Solicitud de inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio
  3.  Capturar el CURP y un correo electrónico válido

Documentos necesarios para el trámite en línea:

  1. Clave Única de Registro de Población (CURP)
  2. Número de Seguridad Social (NSS)
  3. Correo electrónico.

Deudores de pensión alimenticia no podrán realizar estos trámites

Presencial:

Si el o la interesada prefiere hacer este trámite asistiendo a las oficinas pertinentes debe de hacer lo siguiente:

  1. Presentarse en la ventanilla de la subdelegación que le corresponda del IMSS de lunes a viernes de 8:00 AM a 3:30 PM.
  2. Contar con la solicitud de inscripción y firma
  3. Asistir con los documentos requeridos
  4. Realizar el pago correspondiente.
  5. Una vez que se realizado el pago, el sistema registrará automáticamente el alta del proceso

Documentos necesarios para el trámite a través de ventanilla:

  1. Clave Única de Registro de Población (CURP)
  2. Número de Seguridad Social (NSS)
  3. Correo electrónico
  4. Identificación oficial vigente, en original y copia
  5. Escrito libre solicitando la inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio, con firma autógrafa o huella
  6. Comprobante de domicilio, en original y copia.
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