4 razones por las que no te toca pago de utilidades
La fecha del pago de utilidades esta cada vez más cerca y a continuación te decimos las razones por las que podrías NO recibir este pago.
Las utilidades son una prestación laboral muy esperada para muchos colaboradores, sin embargo, en algunas ocasiones no aplica este pago y es legal.
De acuerdo con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), el reparto de utilidades “es el derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtuvo la empresa o empleador el año anterior”.
La Ley también estipula que el patrón está obligado a pagar al trabajador del 1 de abril al 30 de mayo de cada año, en caso de trabajar para una empresa.
Por otro lado, si el empleador es persona física, el plazo se extiende del 1° de mayo hasta el 29 de junio.
Estos son tus derechos laborales, ¡que no te engañen!
¿Cómo calcular cuánto me toca de utilidades en 2024?
El monto que se paga de las utilidades corresponde al 10 por ciento de las ganancias anuales de la empresa, y se divide en dos partes iguales para cada colaborador.
La primera mitad hace referencia a los días trabajados y la segunda mitad debe liquidarse manera proporcional al monto de salarios percibidos.
Por ejemplo, si una empresa ganó 200,000 pesos el año pasado, las utilidades a repartir serán de 20 mil pesos y, de esa cantidad, la primera mitad (10 mil pesos), será distribuida de acuerdo al total de días trabajados por todos los empleados.
Los otros 10 mil pesos deberán repartirse entre el total de salarios percibidos anualmente por todos los trabajadores que componen la empresa.
En fórmulas simples quedaría de la siguiente manera:
- Mitad 1: (5% utilidades anuales de empresa / total de días trabajados por todos los trabajadores) x Días laborados por “x” trabajador.
- Mitad 2: (5% utilidades anuales de empresa / total de salarios anuales de trabajadores) x Total de salario anual de “x” trabajador.
“El monto total tendrá como límite a repartir tres meses del salario o el promedio de la PTU recibida en los tres últimos años, lo que resulte más favorable al trabajador”, señalan las autoridades.
¿Cuándo es el reparto de utilidades en 2024 y cómo calcular el monto que te toca?
¿Por qué podrías quedarte sin pago de utilidades?
De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, “si trabajaste al menos 60 días durante el año a repartir, ya sea en forma continua o discontinua, debes recibir utilidades. No importa si ya no trabajas ahí o tu contrato fue por obra o tiempo determinado, tienes un año – a partir de la fecha límite de entrega – para cobrar tus utilidades”.
Las empresas que no están obligadas a realizar el reparto de utilidades son:
- Empresas de nueva creación.
- Instituciones de asistencia privada que ejecutan actos humanitarios sin fines de lucro.
- IMSS e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o beneficencia.
- Empresas que tengan capital menor al fijado por la STPS.
Los trabajadores que no tienen derecho a recibir esta prestación son:
- Trabajadores domésticos.
- Trabajadores eventuales con menos de sesenta días en el ejercicio de sus funciones.
- Directores, administradores, gerentes generales, socios o accionistas.
- Profesionistas técnicos y otros que presenten servicios por pago de honorarios y sin existir relación de trabajo subordinado.
¿Qué hacer si tu empresa no paga utilidades?
Si no recibiste tu reparto de utilidades dentro de las fechas establecidas por las autoridades laborales, puedes interponer una denuncia en inspeccionfederal@stps.gob.mx o acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, para asesorarte.
Incluso, si requieres una visita de inspección, puedes acudir a la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo para solicitarla.
Sin embargo, hay un tiempo límite para exigir el pago de las utilidades. La Ley Federal del Trabajo establece que el trabajador tiene plazo de un año, contando a partir del día siguiente a la fecha límite, para reclamar su pago.
¿Qué pasa con las empresas que no pagan?
La Ley Federal del Trabajo establece que las multas por inclumplimiento a la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas (PTU) van desde 250 hasta los 5 mil UMA (Unidad de Medida y Actualización).
Esto representa multas desde los 24 mil 055 pesos hasta los 481 mil 100 pesos.