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¿Tu jefe extiende la jornada laboral? Podría ir a prisión hasta 12 años

Somos News 04 Feb 2025
¿Tu jefe extiende la jornada laboral? Podría ir a prisión hasta 12 años
Se considerará explotación laboral cuando se excedan las 48 horas laborales a la semana. (Imagen generada con Inteligencia Artificial/sania/Adobe Stock)
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¿En tu lugar de trabajo te obligan a extender la jornada laboral? Entonces prepárate, ya que oficialmente superar el límite legal de las jornadas laborales puede llevar a tus empleadores hasta la cárcel.

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¿En la oficina te piden “ponerte la camiseta” y terminas trabajando más de lo que te corresponde? ¿Tu jefe lleva pizzas para que te quedes hasta tarde? Estas prácticas deberán terminar si tus empleadores no quieren tener problemas con la ley.

Oficialmente extender tu jornada laboral más allá de las ochos horas estipuladas en la Ley Federal del Trabajo (LFT) ya es considerado como un delito de explotación laboral y puede castigarse con hasta 12 años de prisión y una cuantiosa multa de hasta 70 mil días. Es decir, el salario diario del agresor al momento de la sentencia.

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¿Las razones? Tras ser publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), entró en vigor la reforma a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos delitos.

En dicha reforma al Artículo 21 se estipula que las jornadas laborales superiores al máximo establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT) como un delito.

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Ya no debes trabajar de más y la ley te protege

Con esta nueva disposición a la LFT, a partir de ahora ya se considera explotación laboral cuando se excedan las 48 horas semanales y las horas extras, las cuales no pueden superar las tres horas diarias y nueve horas por semana.

Además, el Artículo 66 señala que las horas extra se pagan al 100 por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada y, si éstas exceden las nueve horas semanales, se pagan al 200 por ciento.

En todo caso, el artículo 68 dice que los trabajadores no están obligados a laborar un tiempo mayor a ese máximo.

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¿Cómo se castigará la explotación laboral?

Este delito se castigará con una pena de 3 a 10 años de prisión, más una sanción de 5 mil a 15 mil días de multas.

Y de tratarse de personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, las penas previstas serán de 4 a 12 años de prisión y de 7 mil a 70 mil días de multas.

Recuerda que en caso de que tengas problemas en el trabajo, relacionados con la jornada laboral o violaciones a tus derechos laborales, puedes acercarte a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet) para orientación.

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