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INAH le declara la guerra a House of The Dragon y amenaza con demandar a MAX

Somos News 10 Jun 2024
INAH le declara la guerra a House of The Dragon y amenaza con demandar a MAX El instituto argumenta que está prohibido hacer publicidad engañosa a monumentos históricos. (MAX/Captura de pantalla)

Promocionar la serie House of the Dragon en el Castillo de Chapultepec le puede a salir caro a MAX, pues el INAH ya alista una demanda. Conoce si procederá esta medida contra el gigante de streaming.


Luego de que se diera a conocer un video publicitario de MAX donde aparecen colocadas unas banderas temáticas de la serie House of the Dragon en los exteriores del Castillo de Chapultepec, el  Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) informó que tomará medidas legales.

Desde hace algunos días, el servicio de streaming comenzó la campaña publicitaria de su serie spin-off de Game of Thrones. La cual, consiste en colocar, digitalmente, estandartes de las distintas casas nobles que aparecen en el programa sobre algunos de los inmuebles más populares de cada territorio. Como “sucedió” en el Puente Brooklyn de Nueva York, Estados Unidos.

En el caso de la capital de nuestro país, el recinto seleccionado fue el Castillo de Chapultepec. Edificación que forma parte del legado social, cultural y político de México y que “ocupo” la familia Targaryen.

Sin embargo, muchos internautas no tardaron en descalificar esta acción en redes sociales (especialmente en X, antes Twitter). Asegurando que, además de tratarse de una ofensa a nuestra historia, consiste en un delito.

Tal fue el revuelo que se armó durante las últimas horas, que el INAH sacó un boletín de prensa donde se señala la veracidad de este asunto. Recalcando que se tratan de imágenes totalmente falsas creadas por computadora.

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¿De cuánto podría ser la multa?

Dentro del texto en cuestión, se puede ver que la máxima autoridad de antropología e historia, condena abruptamente lo que hizo MAX con la imagen del Castillo de Chapultepec.

“El contenido difundido es un montaje realizado con software de edición de imagen o inteligencia artificial. […] Llevaremos a cabo las medidas legales conducentes, dado que se trata del uso indebido de la imagen de un monumento histórico”.

INAH.

En este sentido, en la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos no aparecen sanciones como tal por el uso indebido de imagen. Lo que más se le aproxima es el Art. 52; el cual, señala lo siguiente:

“Al que por cualquier medio dañe, altere o destruya un monumento arqueológico, artístico o histórico, se le impondrá prisión de tres a diez años y multa hasta por el valor del daño causado“.

En caso de que aplique para este caso, podría existir una excepción. Ya que como el daño no es intencional, se estará a lo dispuesto en el capítulo de aplicación de sanciones a los delitos culposos del Código Penal Federal. Igualmente, tocará ver como termina esta historia entre el INAH y MAX.

Todo lo anterior está sujeto conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley en turno. (artículos 38, 39 y 41). Aquí se establece que se deberá de obtener un permiso para la reproducción de cualquier monumento arqueológico, artístico con un fin comercial. Lo que incluye su réplica en cualquier medio o escala.

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(Especial / MAX)
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