La dependencia federal aclaró que los mecanismos de evaluación de la norma no tienen el alcance para medir elementos que puedan significar un riesgo para la salud emocional de los teletrabajadores.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) aclaró que la NOM 035 sobre factores de riesgo psicosocial que entra en vigor plena en octubre no tiene aplicación para el teletrabajo. Es decir, los elementos de evaluación que conforman esta norma de seguridad y salud laboral no alcanzan para prevenir condiciones en el hogar que puedan provocar un daño en la salud emocional de los empleados bajo esta modalidad.
Si bien el trabajo desde casa puede tener factores que impliquen un daño a la salud emocional de los trabajadores, los mecanismos de evaluación de la NOM 035 no cubren estos elementos, explicó Omar Estefan Fuentes, director de Previsión Social de la STPS.
“La norma 035 es de tipo ocupacional en un centro de trabajo. En ese sentido, todas esas cuestiones (del teletrabajo) quedan fuera de lo que establece la norma, que es la evaluación de los factores de riesgo psicosocial en los centros de trabajo y de tipo ocupacional”, detalló el funcionario en conferencia de prensa.
A pesar de ello, Luisa María Alcalde Luján, titular de la STPS, no descartó que la dependencia pueda elaborar una nueva norma que sí abarque los factores de riesgo psicosocial en casa para no dejar fuera a las personas que trabajan en la modalidad de home office.
Por otra parte, Omar Estefan aseguró que la dependencia trabajará con los empleadores para que el cumplimiento de la NOM 035 no tenga un carácter punitivo de la mano de las inspecciones, aunque éstas sí serán una herramienta para verificar la aplicación del marco normativo.
Sin embargo, la Secretaría del Trabajo actualizará su mecanismo de autocumplimiento para que los centros de trabajo cuenten con un sistema en el que puedan declarar de manera independiente su nivel de cumplimiento de las nuevas reglas de salud laboral y contar con asesoría de la dependencia para estar al corriente en la aplicación de la NOM 035.
En esa misma línea, las autoridades de la STPS aclararon que no existen certificaciones para la NOM 035 e incluso, los centros de trabajo pueden aplicarla y cumplir sin gastar en servicios externos. “Hay material disponible precisamente para guiar en cómo hacer la primera etapa de diagnóstico y después cómo hacer esta segunda etapa y, también conocer muy bien cuáles son las obligaciones, según el tamaño de la empresa”, detalló Luisa María Alcalde.
En ese tenor, la secretaria del Trabajo afirmó que no es obligatorio contratar unidades de verificación y la dependencia no autoriza o valida a consultores en esta materia.
La norma para prevenir factores de riesgos psicosociales entró en vigor en su primera fase el 23 de octubre del año pasado. Actualmente, los centros de trabajo tienen la obligación de implementar acciones preventivas e identificar a los trabajadores que han sufrido un acontecimiento traumático severo para canalizarlos a atención médica.
El segundo paquete de obligaciones entrará en vigor el 23 de octubre de este año y, con ello, las empresas deberán realizar la identificación de factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional. Con base en los resultados, los centros de trabajo diseñarán un plan de intervención con acciones concretas para prevenir los elementos que puedan causar un daño a la salud emocional de los trabajadores.
Cabe destacar que la NOM 035 es obligatoria para todos los centros de trabajo, sin importar su tamaño. Pero tiene obligaciones diferenciadas, dependiendo el número de trabajadores. El objetivo principal de la norma es generar entorno organizacionales favorables para la fuerza laboral.