Cada patrón debe de hacer una aportación al IMSS para proteger a sus colaboradores. Si tienes duda de cuánto es esa suma, aquí te respondemos.
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es la institución que se encarga de proteger la salud de más de 21 millones de trabajadores en México.
Este organismo ofrece numerosos beneficios a los colaboradores, entre los que están la atención médica y hospitalaria, el uso de guarderías, un fondo de ahorro, entre otros.
La cuota de incorporación al Seguro Social es cubierta por dos partes: la empresa, que es la que paga el mayor porcentaje, y por el colaborador a quien le aplican un descuento en su ingreso mensual, el monto a pagar depende del giro que tenga el negocio.
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Para poder realizar el cálculo de estas cuotas se toman en cuenta factores como el sueldo base del colaborador, los porcentajes fijados dentro de la ley del seguro social y las prestaciones que le sean brindadas a los trabajadores.
Las aportaciones obrero- patronales se realizan de forma mensual, estos son los rubros que se deben cubrir.
Este seguro cubre los accidentes y enfermedades a los que están expuestos los colaboradores en el trabajo. Está constituido por 5 clase, dependiendo el riesgo al que el colaborador se enfrente, cada clase tiene un porcentaje diferente
Según la Ley del Seguro Social, este rubro cubre a colaboradores y familiares de una organización privada en casos de enfermedad (se aplica fuera del trabajo) y también cubre a las mujeres durante y después del embarazo.
De acuerdo IMSS, este es el instrumento que protege al trabajador y su familia ante las contingencias derivadas de un accidente, enfermedad o muerte.
“El ramo de guarderías cubre los cuidados durante la jornada de trabajo, de los hijos e hijas de los trabajadores“, de acuerdo al artículo 201 de la ley de Seguro social.
Cabe recalcar que esta cuota se cubre con el 1% del salario base del empleado.
Las aportaciones que se realizan de manera bimestral son el seguro de retiro, cesantía y vejez, gracias a los cuales los colaboradores jubilados siguen siendo remunerados.
Finalmente, la empresa está obligada a cubrir la aportación del colaborador al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), que debe ser el 5% del salario base del empleado.
Este es esencial para la fuerza laboral ya que les permite tener acceso a remodelar sus viviendas o adquirir una propiedad.