¡Aprovecha el regreso a clases! Algunos gastos pueden ser deducibles de impuestos, conoce cuáles y cómo incluirlos en tu declaración.
Con el regreso a clases también llega una ola de gastos por colegiaturas, transporte, útiles escolares y uniformes.
Sin embargo, antes de que te abrumen las cuentas, debes saber que existen algunos desembolsos que son deducibles de impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
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Si eres persona física, el SAT te permite deducir gastos personales en la declaración anual.
El SAT define como gastos personales a los gastos que como contribuyente tienes derecho a disminuir de tus ingresos acumulables en la Declaración Anual del ejercicio.
Algunas de las deducciones personales que se encuentran en la declaración anual son estímulos y tienen una forma diferente de aplicarse en la declaración, así como monto tope.
Entre ellos, se contempla:
Para hacer efectivo este beneficio del regreso a clases, necesitas contar con el comprobante de pago correspondiente.
Cuando realices pagos en un mismo ejercicio fiscal, el límite anual de deducción que puedes disminuir es el que corresponde al monto mayor de los dos niveles, independientemente de que se trate del nivel que concluyó o el que inició.
Este límite aplica para una misma persona y por servicios de enseñanza correspondientes a dos niveles educativos.
Las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción no pueden ser deducibles.