Nuestros sitios
Ver edición digital Suscríbete al NEWSLETTER
Compartir

¿Es obligatorio presentar la constancia de situación fiscal para facturar CFDI 4.0?

¿Es obligatorio presentar la constancia de situación fiscal para facturar CFDI 4.0? La información exacta del receptor es la asentada en su CSF. (Upklyak/Freepik)

La facturación CFDI 4.0 entró en vigor en julio de 2023 y los contribuyentes deben cumplir con nuevas disposiciones, sin embargo, su empleador o emisor de factura no puede obligarlos a presentar otros documentos.


Con la entrada en vigor del sistema de facturación CFDI 4.0 es condición asentar los datos del receptor, tales como el código postal del domicilio fiscal de la persona a favor de quien se expida y la clave del uso fiscal que se le dará al comprobante fiscal.

Adicionalmente, la regla 2.7.1.39., fracción III de la RMISC 2023, incorpora el requisito de la clave del régimen fiscal en el que tribute el receptor de dicho comprobante conforme al catálogo “c_RegimenFiscal”, que señala el Anexo 20. Estos datos obran en la Constancia de Situación Fiscal (CSF).

Respecto al régimen fiscal del receptor se ha cuestionado sobre la legalidad de este requisito, pero es importante recordar que el artículo 29, fración III del CFF, permite a la autoridad fiscal establecerlo mediante reglas de carácter general que al efecto se publiquen, situación jurídica que se cumple con la citada regla 2.7.1.39.

Cómo recuperar la contraseña del SAT en tan solo unos pasos

En consecuencia, los contribuyentes que expidan los CFDI 4.0 tienen que cuidar el cumplimiento estricto de los requisitos de dichos comprobantes, pues con fundamento en el artículo 83, fracción VII del CFF, es una infracción expedir CFDI sin que cumplan los requisitos señalados en este Código, en su Reglamento o en las reglas de carácter general que al efecto emita dicha autoridad.

En este proceso de la expedición de comprobantes, la información exacta del receptor es la asentada en su CSF, lo que provoca la solicitud de ese documento y que en algunos casos extremos, se condicione para poder expedir dicho comprobante.

¿Entonces debo presentar mi CSF para poder facturar?

Lo cierto es que no existe disposición alguna que obligue al receptor del CFDI 4.0 a proporcionar la CSF, por lo que sería suficiente con proporcione los datos correctos sobre su RFC: nombre o razón social, código postal del domicilio fiscal, régimen fiscal, y el uso que le dará a dicho comprobante.

Debe quedar claro que no es obligación exhibir y mucho menos entregar la Constancia de Situación Fiscal, incluso, la autoridad fiscal lo ha confirmado en esos términos.

Carta Porte del SAT: Qué es, cómo solicitarla y todo lo que tienes que saber

Es importante que el contribuyente conozca y mantenga actualizada en todo momento su información fiscal contenida en la Constancia de Situación Fiscal, la cual es como su acta de nacimiento, ya que contiene datos de identificación, ubicación y obligaciones fiscales, tales como:

En caso de que el contribuyente conozca esta información, puede entregarla a su empleador o emisor de factura sin necesidad de presentar su Constancia de Situación Fiscal, se lee en un comunicado del SAT.

Síguenos en Google News
Te recomendamos
Foto perfil de IDC Asesor Fiscal, Jurídico y Laboral
IDC Asesor Fiscal, Jurídico y Laboral Artículos de análisis, indicadores, herramientas y calculadoras útiles para el cumplimiento de obligaciones fiscales
Descarga GRATIS nuestro especial
descargable
Descarga AQUÍ el artículo completo Especial Foro MIT 2023 ¡Descárgalo GRATIS!
Suscríbete al Newsletter
¡SUSCRÍBETE!
LEE MÁS CONTENIDO
¿QUÉ TEMA TE INTERESA?