La Ley Maple busca proteger a los animales y castigar a aquellos humanos que los maltraten o les den muerte sin importar que sean sus dueños, paseadores de perros, estéticas, clínicas veterinarias o pensiones.
El congreso de la Ciudad de México aprobó modificaciones en la Ley de Protección Animal y agregó el término “bienestar” con el fin de vigilar la forma en la que un animal vive, es manejado y muere. Así, entró en vigor la conocida Ley Maple.
El dictamen establece que a partir de ahora se estará vigilando la forma en la que los Centros de Atención Canina y Felina, Centros de Control Animal, Clínicas Veterinarias, escuelas de adiestramiento, pensiones y refugios traten a las mascotas.
De acuerdo con información oficial, se considerarán como actos de crueldad y maltrato las siguientes acciones:
Además, se establecen las respectivas responsabilidades legales y de cuidado en la prestación de servicios como:
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Otra norma importante que establece la ley es que la Agencia de Atención Animal (Agatan) se responsabilizará de establecer un padrón de paseadores de perros. Ellos tendrán la obligación de tratar a los “lomitos” de forma digna.
Este organismo también emitirá los lineamientos técnicos en los que se deberá basar el servicio de paseo de perros. Además, los adiestrará. Quienes practiquen este oficio tendrán la obligación de registrarse ante el gobierno que regulará esta práctica que algunas personas hacen sin tener preparación.
La principal explicación de la existencia de este registro es proteger a las mascotas ya que la falta de capacitación y negligencia de los prestadores de servicios les generan daños.
“Es necesario que esta actividad se regule para salvaguardar el bienestar animal, el uso del espacio público y evitar los conflictos entre ciudadanos o entre seres humanos y animales no humanos”.
Esta no es la primera vez que se propone profesionalizar la labor de los paseadores de perros, en 2019 se presentó ante el Congreso de la Ciudad de México una modificación a la Ley de Protección Animal. La iniciativa surgió como respuesta ante la ola de secuestros de mascotas.
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A partir de la aprobación de la Ley Maple, el artículo 350 Ter del Código Penal de la Ciudad de México establece castigos en prisión de hasta 10 años por maltrato animal que cause la muerte. Brinda a los culpables de abandono animal una pena de 5 meses a 1 año en la cárcel y hasta 6 años en prisión por crueldad.
“Castigar los actos de maltrato o crueldad no sólo intencionales sino también por omisión o negligencia en contra de cualquier especie animal no humana”.
Las personas que administren o faciliten la obtención de un espacio dedicado al sacrificio o a la matanza de animales será acreedor a un castigo de 2 a 4 años en la cárcel y una multa que va de las mil a las 5 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Esto se traduce en montos de 103 mil 740 hasta 518 mil 700 pesos.