El buzón tributario es el medio de contacto oficial que existen entre los contribuyentes y el SAT. Gracias a esta herramienta podrás solicitar tus devoluciones de forma sencilla. Conoce cómo lo puedes activar.
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Si sospechas que te estás perdiendo de los avisos más importantes que emite el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y por ende, no cumples con tus obligaciones fiscales, quizá te hace falta explorar tu buzón tributario.
De acuerdo con el organismo, este canal brinda información para que conozcas el listado de los trámites y servicios que existen en conformidad con la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
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Esto es para que los contribuyentes conozcan los servicios y presenten sus trámites mediante este canal de comunicación electrónico.
“Tiene como objetivo simplificar la notificación de actos administrativos y envío de mensajes de interés de manera ágil y segura“.
Así también, se presentan antes los contribuyentes promociones, avisos o dan cumplimiento a requerimientos de información que realice el SAT.
El buzón tributario lo puede utilizar cualquier persona, física o moral, que tenga la necesidad de realizar trámites ante el SAT y desee hacerlo con facilidad desde su casa u oficina.
Esta es la lista de los trámites que puedes hacer a través de esta herramienta:
Notificación electrónica
Mensajes de interés
Recurso de revocación en línea
Registro de solicitud de autorizaciones y/o consultas
Solicitudes:
Solicitud de Devolución
Solicitud de condonación de créditos fiscales a contribuyentes en concurso mercantil
Decretos:
Decreto de apoyo a vivienda (formas oficiales 61 y 78)
De sociedades cooperativas de producción (forma 80)
Sustitución y renovación vehicular
De enajenación de suplementos alimenticios
Avisos:
Aviso de compensación
Para ejercer la opción de Regímenes Fiscales Preferentes
Aviso crédito por concepto de pérdidas fiscales
De crédito conforme a Decreto del 18 de noviembre de 2015
De acuerdo con información oficial, el buzón tributario lo puede activar cualquier contribuyente en el momento en que lo desee. Si tienes interés en activar este método de comunicación, tienes que seguir estos pasos:
Da clic en el botón “Ejecutar en línea” ubicada al final de esta ficha
Autentícate con tu contraseña o e.firma
Da clic en el icono de “configuración” ubicado en el Menú de accesos rápidos situados a la izquierda de la leyenda gob.mx en la parte superior del portal
Captura la o las direcciones de correo electrónico y el número de teléfono celular que desees registrar
Verifica que los datos capturados sean correctos y oprime “Continuar”
El sistema te consultará si deseas continuar con el registro de medios de contacto, oprime “Aceptar”
El sistema te indicará que tu o tus correos electrónicos y el número de teléfono celular han sido registrados. Se habilitará el botón para imprimir el Acuse de registro
Para concluir el proceso deberás confirmar tanto el o los correos electrónicos como el número de teléfono celular en un plazo no mayor a 72 horas
Si no confirmaste tu número celular o mail, el sistema cancelará la solicitud de registro de los mismos y tendrás que realizar nuevamente el registro
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